Iglesia Remanente
Josué 20

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Las ciudades de refugio

1Yahvé habló a Moisés, diciendo: 2*“Habla a los hijos de Israel y diles: Señalaos las ciudades de refugio, de que os hablé por boca de Moisés; 3para que pueda refugiarse allá el homicida que haya matado a un hombre por inadvertencia sin querer. Ellas os servirán de refugio contra el vengador de la sangre. 4Él (homicida) podrá refugiarse en una de estas ciudades; presentándose a la entrada de la puerta de la ciudad, declarará su caso a los ancianos de aquélla ciudad, los cuales lo recibirán entre ellos dentro de la ciudad, y le darán lugar para que habite con ellos. 5Y cuando lo persiguiere el vengadorde la sangre, no han de entregar al homicida en su mano; porque mató a su prójimo, sin querer y sin tenerle rencor anteriormente.6*Y quedará en aquella ciudad hasta que comparezca en juicio ante la Congregación y hasta la muerte del sumo sacerdote que hubiere en aquellos días. Entonces el homicida podrá volver a entrar en su ciudad y su casa, en la ciudad de donde huyó.”

7Designaron a Kedes en Galilea, en la montaña de Neftalí, a Siquem en la montaña de Efraím, y a Kiryat-Arba, o sea Hebrón, en la montaña de Judá. 8Y al otro lado del Jordán, al oriente de Jericó, señalaron a Béser en el desierto, en la llanura de la tribu de Rubén,a Ramot en Galaad, de la tribu de Gad, y a Golán en Basan, de la tribu de Manasés.

9Éstas fueron las ciudades señaladas para todos los hijos de Israel, y para los extranjeros que moran en medio de ellos, para que allí se refugiara cualquiera que matase a alguno por error, a fin de que no muriera por mano del vengador de la sangre, antes de comparecer en juicio ante la Congregación.



* 2 s. El primer refugio era el Tabernáculo (cf. Éxodo 21, 14; III Reyes 2, 31). Después de la ocupación de todo el país se hicieron necesarios más asilos, tres de los cuales fueron establecidos por Moisés en tierra transjordánica. A ellos agrega Josué tres refugios situados en los confines de las nueve tribus de Cisjordania, o sea, en la Palestina en sentido estricto. Cf. sobre esta institución los capítulos Números 35; Deuteronomio 4, 43; 19. Siguiendo el ejemplo de la Ley de Moisés, la Iglesia ha conferido a las iglesias y otros lugares sagrados el derecho de asilo (can. 1.179 del Derecho Canónico). Vengador de la sangre (versículo 3) era el pariente más próximo del muerto (cf. II Reyes 14, 7).

* 6. La muerte del Sumo Sacerdote producía automáticamente una amnistía. Vemos aquí una imagen del verdadero Pontífice Jesús, por cuya muerte recibimos la remisión de nuestros pecados.